¿ EXISTE EL CONTROL
ADUANERO ?
Res. AFIP 1131/01 y 1132/01
Si
los lectores de este artículo cotejan lo dispuesto en la Resoluciones
AFIP Nros. 1131/01 y 1132/01 (Bol. Of. 29.771 del 9-11-01), con la realidad
operativa implementada comprobarán que:
a)
respecto del ingreso y egreso de mercaderías importadas en los "depósitos
fiscales" (beneficiarios del régimen), la declaración es sumaria. Es
decir que entran y salen "bultos" sin saber que contienen;
b)
el "control satelital" previsto en la resol. 1131/01, que se encuentra
circunscripto solamente a los traslados de mercaderías sin nacionalizar,
desde la vigencia de la misma a la fecha aún no ha entrado en vigencia.
c)
dichos traslados se realizan sin custodia aduanera.
La
vigencia de estas normas es paradojal, toda vez que regulariza la falta
de control aduanero, y reactualiza el tema de la "aduana paralela",
precisamente en momentos en que los agentes públicos no pueden percibir
sus haberes por haber disminuido sensiblemente la recaudación fiscal.
La
Comisión de Economía de la Cámara de Diputados de la Nación cuestionó
la ilegalidad de la Resol. 1132/01 (AFIP). (Diario "La Nación" -Sección
Comercio Exterior- pub. Martes 27 de noviembre de 2001). También fue
impugnada por la Asociación de Usuarios de Zona Franca La Plata, no
obstante lo cual a la fecha dichas normas se encuentran vigentes.-